[Columna] El derecho contractual en la era del riesgo geopolítico – "Incapacidad de ejecución", "Cancelación" y "Renegociación" tal como se consideran en el derecho japonés

✅ En términos generales

  • 🌍 Los riesgos geopolíticos no son noticia internacional Riesgo de ejecución del contrato Debe tomarse como
  • ⚖️ Según la ley japonesa, Daños, reclamaciones por desempeño, beneficios adversos y rescisión La perspectiva es mejor si separas y organizas los cuatro
  • 📝 No te quedes tranquilo con las cláusulas de fuerza mayor, Causalidad, obligaciones de notificación, medios alternativos, salida en caso de enfermedad prolongada, resolución de disputas Se considera importante diseñar contratos hasta
  • 🤝 En lugar de confiar enteramente en la doctrina del cambio de circunstancias, Contratos que son fáciles de renegociar Es práctico crear esto desde un momento normal

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Tabla de contenidos

Introducción

Esta vez, resolveremos cómo los riesgos geopolíticos como la emergencia de Taiwán, las tensiones por el Estrecho de Ormuz, el intercambio de sanciones económicas, el corte del transporte marítimo y la inseguridad del suministro energético afectan las prácticas de contratación de las empresas japonesas.

Creo que últimamente hemos visto cada vez más artículos y explicaciones sobre la necesidad de reconsiderar las cláusulas de fuerza mayor.
Si bien este es un punto importante en sí mismo, hay muchas situaciones prácticas en las que es difícil juzgar una cláusula de fuerza mayor incluso cuando se analiza únicamente.
El impacto del riesgo geopolítico en un contrato se divide en múltiples cuestiones: si usted es responsable de los daños, si puede reclamar el cumplimiento, si tiene que pagar y si puede rescindir el contrato.

En este artículo aclararemos la estructura básica del derecho civil y luego confirmaremos qué deben incluirse como cláusulas contractuales.

No trate los riesgos geopolíticos únicamente con "fuerza mayor"

Primero, cuatro preguntas para separar

Cuando los riesgos geopolíticos se materializan, creemos que las primeras preguntas que deberían hacer los profesionales legales y de adquisiciones pueden organizarse ampliamente en cuatro preguntas.

La primera es cuando una parte no cumple con su deuda tal como fue contraída; ¿Surge responsabilidad por daños Ése es el problema.

La segunda es que en primer lugar ¿puedes reclamar rendimiento Ése es el problema.

En tercer lugar, en un contrato bilateral, el cumplimiento no puede recibirse de la otra parte ¿Debería tener que proporcionar los beneficios opuestos (pago de salarios, etc.) Ése es el problema.

El cuarto proviene de la relación contractual ¿puedes salir levantando? Ése es el problema.

Estas cuatro son cuestiones similares pero jurídicamente separadas.
No es raro que decisiones miopes como "Lo perderemos todo por fuerza mayor" o "No podemos levantar la prohibición porque la otra parte no tiene la culpa" aparezcan en reuniones internas, pero este tipo de discusiones a menudo se deben a que se confunden estas cuestiones.

"Difícil de realizar" e "incapaz de realizar" no son lo mismo

Otra cuestión importante en la cuestión del riesgo geopolítico es que se hace una distinción entre "dificultar el desempeño" y "hacer que el desempeño sea legalmente imposible"

Por ejemplo, supongamos que los precios de la logística y la energía se dispararan, haciéndolos significativamente menos rentables.
Como unidad de negocios, usted puede sentir que es "muy incapaz de desempeñarse en estas condiciones", pero legalmente, generalmente es difícil evaluar inmediatamente que no puede desempeñarse simplemente debido al aumento de costos.

Por otra parte, es probable que se realice una evaluación del incumplimiento cuando las importaciones o exportaciones estén prohibidas por sanciones o cuando los puertos o estrechos estén bloqueados, haciendo físicamente imposible el envío.

Esta división conduce directamente a los puntos de daños, rescisión y contrabeneficios, que se analizarán más adelante.
En la práctica, es importante considerar específicamente si existen opciones de transporte alternativas (como el transporte aéreo) o destinos de adquisición alternativos, y luego organizar internamente si el desempeño es realmente imposible o si solo resultará en costos elevados.

La diferencia entre tener una cláusula contractual y no tenerla

El Código Civil es sólo la regla por defecto.
Cuando un contrato prevé cláusulas de fuerza mayor, cláusulas de ajuste de precios, cláusulas de rescisión en caso de suspensión prolongada, cláusulas de consulta de buena fe, etc., la redacción determinará en gran medida la conclusión práctica.

Por el contrario, los contratos con menos de estas cláusulas se basarán más en principios generales del derecho civil y en el poder de negociación entre las partes.
Creemos que cuantos más contratos queden con cláusulas en forma de hina, más débiles serán en tiempos de emergencia.

Por lo tanto, en este artículo, primero revisaremos las reglas predeterminadas bajo el Código Civil y luego las organizaremos en el orden en que deben ser anuladas en las cláusulas contractuales.

Cuatro puntos básicos del Código Civil

Daños – ¿Qué analiza el artículo 415 del Código Civil

Por ejemplo, el riesgo de navegación en el Estrecho de Ormuz aumentaba, las materias primas derivadas del petróleo crudo no llegaban a tiempo y la entrega al comprador se retrasaba, en cuyo caso el proveedor sería responsable ante el comprador por daños tardíos y lucro cesante.
Éste es el primer punto.

Artículo 415, párrafo 1 del Código Civil establece que si el deudor no cumple con los méritos de la deuda o no puede cumplirla, el acreedor podrá reclamar una indemnización por los daños y perjuicios.
Sin embargo, si el incumplimiento se debe a "causas del contrato u otra causa de la deuda y razones que no pueden atribuirse a la culpa del deudor a la luz de la sabiduría convencional en las transacciones", el deudor no será responsable de los daños.

Además, el artículo 2 de la misma Ley establece que en caso de incapacidad para cumplir, etc., el acreedor podrá reclamar daños y perjuicios (daños complementarios) en lugar del cumplimiento.
También cabe señalar que en situaciones en las que ya no es posible restablecer el rendimiento normal o alternativo, el eje de evaluación del alcance de la indemnización puede pasar de "daño retardado" a "indemnización compensada"

Se considera que la existencia o ausencia de una causa de imputabilidad se juzga a la luz del contrato y de la sabiduría convencional, y la estructura evalúa la imputabilidad según el contenido del contrato, no simplemente si se ha producido fuerza mayor.

En relación con los riesgos geopolíticos, si las sanciones económicas, los bloqueos portuarios, etc. van más allá del control del deudor, es probable que trabajen en la dirección de negar la imputabilidad.
Sin embargo, la evaluación puede cambiar cuando existen medios alternativos de desempeño pero no lo logran.

En otras palabras, el "riesgo geopolítico que ocurre" no conduce automáticamente a la inmunidad, sino que, a la luz del contrato, la cuestión sustantiva es hasta qué punto la parte podría (o debería) haber respondido.

Solicitud de cumplimiento – Qué significa el artículo 412-2 del Código Civil

Por ejemplo, ¿puede usted, como comprador, presionar a su proveedor para que "entregue según lo contratado" Se trata de una cuestión que debe considerarse separadamente de los daños.

Artículo 412-2, apartado 1 del Código Civil estipula que un acreedor no puede reclamar el cumplimiento de una deuda "cuando el cumplimiento de la deuda es imposible a la luz de causas contractuales o de otro tipo de la deuda y de la sabiduría transaccional convencional"

Mientras que el artículo 415 en este momento es una cuestión de "si la persona es o no responsable de los daños", el artículo 412-2 es una cuestión de "si el cumplimiento puede hacerse cumplir en primer lugar"
Aunque ambos se superponen en algunos aspectos, son cuestiones jurídicamente diferentes.

Parece probable que las licencias de exportación se consideren legalmente incumplibles si la legislación sobre sanciones económicas ya no las concede.
Lo mismo se aplica si el bloqueo portuario no permite el transporte físico.
Por otra parte, en los casos en que la logística de una ruta normal se haya visto interrumpida pero pueda ser sustituida por vía aérea, es poco probable que se considere inmediatamente imposible realizarla.

La importancia práctica de este punto es que "no se puede reclamar el cumplimiento" y "si no hay responsabilidad por daños" o "si se puede levantar" deben considerarse por separado.
Agrupar las cosas puede fácilmente llevar a una mala toma de decisiones internas.

Contrabeneficio – Artículo 536 del Código Civil y asignación de riesgos en contratos bilaterales

Por ejemplo, ¿por qué deberían ser los únicos en pagar los artículos ya pedidos cuando no han recibido ninguna entrega de piezas de la otra parte.
Es uno de los problemas más apremiantes para el sector empresarial.

Artículo 536, párrafo 1 del Código Civil establece que "si una deuda no puede satisfacerse por razones que no pueden atribuirse a la culpa de ninguna de las partes, el acreedor podrá negarse a satisfacer el beneficio contrario"
Se trata de una revisión de la disciplina en materia de carga de riesgo prevista en el anterior Código Civil revisado, y se caracteriza por la reorganización de la estructura de "la extinción natural de la obligación de contrapartida" a la estructura de "el derecho a denegar el cumplimiento"

Además, Artículo 536, párrafo 2 del Código Civil Si bien la ley estipula que si la incapacidad de ejecución se produce por causas imputables al acreedor, no se puede denegar la ejecución del beneficio contrario, existen muchas situaciones en las que los riesgos geopolíticos son la causa y esto no es un problema importante.

En relación con los riesgos geopolíticos, la cuestión práctica es si los compradores pueden negarse a pagar si las sanciones o los bloqueos portuarios imposibilitan la entrega a los proveedores.
El artículo 536 establece el punto de partida para esa determinación, pero si el contrato prevé períodos separados de reparto de riesgos o de pago, esa disposición tendrá prioridad.

Otra cuestión puede ser si se puede rechazar el contrabeneficio de todos los artículos o solo de algunos artículos si solo algunos artículos no se pueden entregar y el resto ya han llegado.
Se trata de una cuestión que probablemente provocará una brecha de entendimiento entre los departamentos de adquisiciones, contabilidad y derecho, y creo que vale la pena aclararla de antemano.

Cancelación – Artículo 542 del Código Civil y estructura que “puede levantarse incluso sin atribución”

Por ejemplo, las contrapartes de contratos de suministro a largo plazo en la práctica no pueden cumplir debido a sanciones prolongadas.
Incluso si no es culpa de la otra parte, nos gustaría salir anticipadamente de la relación contractual y asegurar un destino de adquisición alternativo. La pregunta es cómo evaluar el derecho de liberación en estas situaciones.

Una de las características clave del Código Civil revisado es que permite la rescisión de contratos en determinados casos, incluso cuando no hay motivo para atribuir la culpa al deudor.

Artículo 542, párrafo 1, punto 1 del Código Civil establece que "cuando la ejecución de la totalidad de la deuda sea imposible", el acreedor podrá rescindir inmediatamente el contrato sin previo aviso.
Materiales explicativos de la enmienda del Ministerio de Justicia Sin embargo, el objeto de la enmienda establece que "en general, la terminación por incumplimiento será posible incluso si la terminación se debe a razones que no pueden atribuirse a la culpa del deudor"

Sin embargo, el aviso fue levantado ( Artículo 541 del Código Civil ), no se permitirá la rescisión "cuando el incumplimiento sea menor a la luz de la sabiduría convencional contractual y transaccional", y seguirá siendo necesaria una evaluación de la gravedad del incumplimiento.
Si bien este requisito suele ser más fácil de cumplir en situaciones de riesgo geopolítico, se recomienda precaución al levantar la prohibición inmediatamente en casos en que solo existan obstáculos temporales menores.

Este es un punto muy importante en la práctica.
Algunas personas pueden pensar que "debido a que la otra parte no tiene culpa, la rescisión no se puede llevar a cabo", pero según la legislación japonesa, los requisitos de daños y rescisión no coinciden.
Legalmente, existe una situación en la que se niega la responsabilidad por daños y perjuicios, pero puede levantarse.

En el contexto del riesgo geopolítico, cuándo y cómo se pueden retirar los contratos que es poco probable que se cumplan debido a sanciones prolongadas o a un corte final en la cadena de suministro está estrechamente vinculado a la contratación alternativa y a la obtención de proveedores alternativos.
Creemos que utilizar la rescisión para "dar el siguiente paso" es un punto clave en el diseño de contratos.

Puntos prácticos a revisar como cláusulas contractuales

La definición de fuerza mayor no tiene por qué ser amplia

Por ejemplo, supongamos que una cláusula de fuerza mayor en un contrato simplemente dijera: "Guerra, desastres naturales, terrorismo u otras razones fuera del control razonable de las partes"
Son ejercicios militares no declarados y bloqueos de estrechos incluidos en la "guerra". Dependiendo de la redacción de la disposición, esto podría convertirse en un importante punto de discordia entre las partes.

Estas afirmaciones estereotipadas no siempre funcionan lo suficientemente bien en relación con el riesgo geopolítico.
Esto se debe a que existen cuestiones reales de interpretación, como por ejemplo si el uso no declarado de la fuerza constituye "guerra"

Por otra parte, cuando se trata de si deberíamos simplemente enumerar los eventos de fuerza mayor de manera amplia, es difícil decirlo con seguridad.
En particular, en la interpretación de los contratos en el sistema de derecho consuetudinario, las enumeraciones específicas tienden a leerse como "enumeraciones calificadas", y cuantos más motivos enumerativos haya, mayor será el riesgo de que cualquier motivo que se omita en ellas se interprete como no aplicable ( Negocios y Derecho ).

También hay ejemplos de cláusulas que hacen del "imprevisible" un requisito de fuerza mayor, pero como se enumeran de antemano razones específicas, esto es una contradicción en los términos, ya que podría llamarse "previsible", y se considera necesario tratarlas con cautela desde la perspectiva de asegurar la inmunidad ( Negocios y Derecho ).

Aún más fácil de pasar por alto es que las cláusulas de fuerza mayor ayudan Contratos celebrados principalmente por la empresa como proveedor La cuestión es que así es.
La idea general es que si la empresa es el pagador, es difícil conceder la condonación por fuerza mayor de las deudas monetarias, y el beneficio práctico de incluir una cláusula de fuerza mayor es diferente.

Obligaciones de causalidad y notificación – evento ocurrido y exención son separadas

Cuando ocurre un evento geopolítico, no otorga inmunidad de inmediato.
Una cláusula típica de fuerza mayor establece que el evento hace que el contrato sea imposible de cumplir, es decir, entre el evento de fuerza mayor y el incumplimiento Causalidad es obligatorio.

Por ejemplo, si un producto normalmente se suministra por mar pero el bloqueo del Canal corta esa ruta, no se puede decir que el rendimiento se haya vuelto "imposible" y puede que no haya inmunidad si existe una alternativa, como transportarlo por aire.

Además, si puede reclamar el impacto como fuerza mayor para su empresa si hay una falla en las fases iniciales de la cadena de suministro depende en gran medida de qué tan bien escriba la cláusula.
Hay ejemplos contractuales de cláusulas que incluyen fuerza mayor en el proveedor como responsabilidad por su propia responsabilidad, pero sin ese tratamiento, es probable que sea difícil presentar reclamaciones.

Además, en la práctica suele ser un punto de discordia Cláusula de obligación de notificación Lo es.
Muchas cláusulas de fuerza mayor requieren notificación a la otra parte cuando ocurre un evento, lo cual es un requisito previo para reclamar inmunidad.
Hay muchas situaciones en las que la pretensión de inmunidad en sí se ve limitada por la notificación tardía o la falta de necesidad.
Es conveniente especificar de antemano la fecha límite para la notificación (por ejemplo, "dentro de ◯días a partir de la fecha de conocimiento de la ocurrencia del evento"), el método de notificación (si se permite por escrito o por correo electrónico) y el alcance de la información que debe notificarse (contenido del evento, impacto, período esperado, estado de consideración de medidas alternativas).

En la práctica, es importante determinar rápidamente qué se ha detenido y qué no es reemplazable en el momento de un evento de fuerza mayor, y notificar simultáneamente a la otra parte y registrar a la empresa.
Preservar evidencia, como correos electrónicos, pruebas logísticas, avisos a proveedores y materiales publicados por agencias gubernamentales, debería ser una preocupación desde el principio.

Prepararse para el largo plazo – Decidir una "salida" en lugar de detenerse

Las características preocupantes del riesgo geopolítico no son obstáculos momentáneos, Fácil a mediano y largo plazo Está en el punto.
El comercio de sanciones económicas e interrupciones en la cadena de suministro puede continuar durante meses o incluso años.

Por lo tanto, no basta con conceder simplemente una suspensión del cumplimiento o inmunidad en virtud de una cláusula de fuerza mayor; es importante tener un "diseño de salida" sobre qué hacer si la situación continúa durante un cierto período de tiempo.
En concreto, se podrían considerar las siguientes disposiciones.

  • Derecho a rescindir el contrato si la fuerza mayor continúa durante un período de tiempo determinado (por ejemplo, 60 o 90 días)
  • una cláusula que permite el cambio a un destino de contratación alternativo en caso de suspensión a largo plazo, cuando exista una obligación de suministro exclusivo
  • Medidas transitorias relativas al procesamiento de inventario después de la liberación, liquidación de pagos anticipados y devolución de moldes, dibujos y datos de diseño

También se señala que si existe una prohibición contractual de obtener piezas de una empresa distinta a una específica para importar piezas de, por ejemplo, una empresa taiwanesa, existe el problema de que la empresa no puede cambiar a otra fuente a menos que se rescinda el contrato.

Esta cláusula no recibe mucha atención en tiempos de paz, pero en tiempos de emergencia prolongada, creemos que la presencia o ausencia de esta sección podría afectar la continuidad del negocio.

La cláusula de solución de controversias no es ”cláusula vista por última vez”

En un momento en que se han materializado riesgos geopolíticos, el diseño de disposiciones de solución de controversias también adquiere repentinamente peso.

A menudo se piensa que es a favor de las empresas japonesas tener jurisdicción consensual sobre los juicios en Japón, pero cuando la otra parte es una empresa china, no hay garantía entre Japón y China con respecto al reconocimiento mutuo y la ejecución de las sentencias, por lo que incluso si ganan en un tribunal japonés, La aplicación de la ley contra activos en China puede resultar difícil.
También es concebible que, en el caso de una empresa taiwanesa como otra parte, la notificación de la queja a través del Ministerio de Asuntos Exteriores se vea perjudicada porque no existen relaciones diplomáticas formales entre Japón y Taiwán.

Debido a estas circunstancias, es probable que el arbitraje sea el método preferido para los casos transfronterizos.
Si bien las cláusulas de resolución de disputas a menudo se tratan como texto estándar al revisar los contratos, creemos que los contratos con socios de alto riesgo deben revisarse para incluir la ley aplicable, la jurisdicción y la elección del lugar de arbitraje.

Controles de exportación y seguimiento del cumplimiento de las sanciones económicas

Sin entrar en demasiados detalles en este artículo, una revisión de contratos utilizando el riesgo geopolítico como punto de entrada: Representaciones, garantías y cláusulas de cumplimiento en materia de control de exportaciones y cumplimiento de sanciones económicas El mantenimiento de también es un tema inevitable.
Las regulaciones de la OFAC de EE. UU., las sanciones de la UE y las leyes cambiarias de Japón se han fortalecido año tras año, lo que aumenta la necesidad de garantizar que existan procedimientos a nivel de cláusula para verificar el socio contratante, el destino final y el uso final, comparar con la lista de partes sancionadas y responder a las restricciones de reexportación.
En cuanto a las respuestas al riesgo geopolítico, creemos que se debe tener presente la existencia de esta cuestión.

En la práctica, existe un fuerte sentido de "contratos que pueden renegociarse"

La doctrina del cambio de circunstancias se acerca más a un último recurso

Según el derecho japonés, la doctrina del "cambio de circunstancias" (principio de cambio de circunstancias) se reconoce como una doctrina jurídica que modifica excepcionalmente el carácter vinculante de un contrato cuando se produce un cambio significativo en las circunstancias que las partes no anticiparon después de la celebración del contrato.
Sin embargo, esta doctrina no es un mecanismo para guardar nada de manera amplia como una cláusula general; Investigación realizada por el Instituto de Ciencias Sociales de la Universidad de Tokio Sin embargo, también se clasifica como que tiene la función de "actuar excepcionalmente como 『último recurso』 para liberar al deudor de sus restricciones contractuales"

Si bien la Corte Suprema ha reconocido la existencia de la doctrina del cambio de circunstancias en términos generales, se entiende que existen ejemplos muy limitados de casos en los que la ha aplicado en la práctica para conceder reclamaciones.
Por lo tanto, si los riesgos geopolíticos se hacen evidentes, parece que el riesgo práctico es grande simplemente asumir que "si insistimos en cambiar las circunstancias más adelante, deberíamos poder cambiar el contenido del contrato"

La práctica corporativa japonesa se ocupa de la renegociación post mortem y la revisión de contratos

Por otra parte, los materiales de investigación también señalan que en la práctica comercial japonesa, en lugar de escribir completamente los riesgos de cambiar las circunstancias de antemano al concluir un contrato, existe una tendencia a "abordar los cambios en las circunstancias respondiendo a ellos ex post mediante una renegociación después de la conclusión del contrato y un acuerdo para revisarlo". ( Instituto de Ciencias Sociales, Universidad de Tokio ).

Esto es coherente con el énfasis que las transacciones entre empresas japonesas han puesto en las relaciones comerciales continuas y la buena fe.
Pero la práctica práctica de "renegociar funcionará" es una cosa, pero "no es necesario escribir nada en el contrato" es otra cuestión completamente distinta.

Más bien, si confiamos en la renegociación, creemos que es más seguro posponer en el contrato cuándo, qué desencadenará y en qué medida mantendremos conversaciones.

Las cláusulas de consulta de buena fe por sí solas pueden no ser suficientes

En muchos contratos de empresas japonesas, el único requisito es que "las cuestiones no especificadas en este contrato se discutan de buena fe entre las partes"
Investigación realizada por el Instituto de Ciencias Sociales de la Universidad de Tokio Sin embargo, se ha señalado que "en muchos casos, una cláusula de consulta de buena fe simplemente se establece para resolver el asunto mediante consultas de buena fe entre las partes, incluida la forma de manejar el caso de un cambio de circunstancias"

La cláusula de consulta de buena fe en sí es importante, pero en situaciones donde el impacto puede ser grande y duradero, como los riesgos geopolíticos, no basta con revelar el contenido de la consulta, y es probable que termine convirtiéndose en un paralelo.

En concreto, se podría incorporar al contrato como cláusula de renegociación lo siguiente:

  • Discusiones sobre revisión de precios cuando los costos de materias primas y logística cambian en un cierto porcentaje o más
  • Normas de consulta sobre la ampliación de los plazos de entrega y la revisión de los volúmenes mínimos de compra
  • Procedimiento de acuerdo para el uso de especificaciones alternativas y socios de adquisición alternativos
  • Derecho de rescisión si no se llega a un acuerdo dentro de un plazo determinado desde el inicio de la consulta

En lugar de la mentalidad de "discutamos" la cláusula de renegociación, Normas específicas de tráfico Creemos que diseñarlo como tal es eficaz en el derecho contractual en la era del riesgo geopolítico.

Resumen

En un momento de mayor riesgo geopolítico, la presencia o ausencia de cláusulas de fuerza mayor por sí sola no es suficiente.
Según la ley japonesa, daños ( Artículo 415 del Código Civil ), reclamación de cumplimiento ( Artículo 412-2 del Código Civil ), contrabeneficio ( Artículo 536 del Código Civil ), cancelar( Artículo 542 del Código Civil ) se separarán y organizarán, y luego se harán preguntas en cada contrato individual sobre cómo diseñar la definición de eventos de fuerza mayor, el requisito de probar la causalidad, la obligación de notificar, la obligación de hacer esfuerzos para tomar medidas alternativas, el derecho de rescisión en caso de un período prolongado, resolución de disputas y reglas de renegociación.

Según el Código Civil, existen situaciones en las que la terminación es posible incluso sin causa de responsabilidad para el deudor, el derecho a denegar el cumplimiento se organiza como un derecho a denegar el pago de daños y la determinación de la exención de daños se realiza de conformidad con "contratos y normas sociales" Hay una serie de puntos estructurales que deben abordarse en el contexto de la respuesta al riesgo geopolítico.

El papel de los asuntos legales no es sólo considerar si una persona será dada de alta en caso de emergencia Diseñar contratos a partir de un tiempo normal para que la empresa pueda dar el siguiente paso incluso si ocurre una emergencia Creo que está dentro. Espero que este artículo te ayude a organizar tus esfuerzos en consecuencia.

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